HomeMy WebLinkAboutPOLICY 225 Childcare Funding Guidelines SpanishPolítica 225 - Fondo de reserva para el cuidado infantil 12/04/2022
Actualizaciones: 1 Ciudad de Estes Park, Oficina del administrador de la Ciudad Página 1 de 5
Período de vigencia: Hasta que sea reemplazada
Cronograma de revisión: Anualmente
Fecha de entrada en vigencia: 28/02/2023
Referencias: N/A
ADMINISTRACIÓN
225
PAUTAS PARA LA FINANCIACIÓN DEL CUIDADO INFANTIL
1. PROPÓSITO
Esta política articula el papel de la Ciudad relacionado con el cuidado infantil y
proporciona pautas sobre cómo se gastarán y/o adjudicarán los fondos disponibles.
2. DECLARACIÓN DEL PROBLEMA
La falta de opciones de cuidado infantil en Estes Valley, especialmente para bebés y
niños pequeños, crea desafíos importantes para las familias en Estes Valley y para las
organizaciones locales, incluida la Ciudad, que intentan reclutar y retener empleado s.
3. PROCEDIMIENTO
a. El papel de la Ciudad
El objetivo principal de la Ciudad relacionado con el cuidado infantil es crear y mantener
la capacidad para los niños en Estes Valley, especialmente para los bebés y niños
pequeños. El papel de la Ciudad para lograr este objetivo es proporcionar apoyo a los
proveedores de cuidado infantil en forma de contribuciones financieras, incentivos,
cambios en las políticas, representación en los esfuerzos de colaboración para abordar
los problemas de capacidad de cuidado infantil, sirviendo como el solicitante de
subvenciones u otra asistencia financiera de otros niveles de gobierno o agencias donde
el donatario debe ser una entidad gubernamental, y defensa cuando corresponda.
b. Fondo de Cuidado Infantil
i. Establecimiento: Habrá un fondo dentro del Fondo General dedicado a crear
capacidad adicional para los niños, especialmente los bebés y niños pequeños, en
Estes Valley.
ii. Asignaciones al Fondo de Cuidado Infantil: Anualmente, como parte del
proceso de desarrollo del presupuesto, el personal de la Ciudad recomendará un
monto en dólares para asignar al Fondo de Cuidado Infantil. La recomendación se
basará en los fondos que se prevé que recibirá la Ciudad a través de la extensión
del impuesto de alojamiento del Distrito de Comercialización Local (como se
describe en el Plan Operativo Anual proporcionado al Condado de Larimer, de
conformidad con el Acuerdo Intergubernamental del Distrito de Comercialización
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Local). El Consejo de la Ciudad podrá asignar otros fondos al Fondo de Cuidado
Infantil en cualquier momento y en cualquier monto que considere apropiado.
(1) Otros ingresos: Además de las asignaciones descritas anteriormente, otras
fuentes de ingresos para el Fondo de Cuidado Infantil pueden incluir
donaciones, ingresos de la venta o arrendamiento de propiedad pública, y
subvenciones u otra asistencia financiera relacionada con actividades
relacionadas con el cuidado infantil.
iii. Criterios de calificación/elegibilidad para recibir financiación del Fondo de
Cuidado Infantil
(1) Las entidades o personas que reciben fondos de la Ciudad para fines
relacionados con el cuidado infantil deben:
(i) Ser un proveedor de cuidado infantil que proporcione o tenga la
intención de proporcionar cuidado infantil durante todo el año a al
menos cuatro niños de entre 0 y 4 años que no tengan parentesco con
el cuidador O un proveedor a domicilio que proporcion e cuidado
durante todo el año a al menos tres niños de entre 0 y 4 años que no
tengan parentesco con el cuidador; y
(ii) Poseer o arrendar una instalación o casa (o demostrar la intención de
poseer o arrendar una instalación o casa) ubicada dentro del Distrito
Escolar R-3 de Estes Park donde se proporcionan o se proporcionarán
servicios de cuidado infantil después de que se realicen mejoras de
capital; y
(iii) Cumplir con los requisitos estatales y locales de salud y seguridad, si
corresponde; o
(iv) Proporcionar programación extraescolar, como programas antes y
después del cuidado, a niños desde preescolar hasta quinto grado; o
(v) Administrar programas de becas y/o asistencia para la matrícula para
familias con niños bajo el cuidado de proveedores en Estes Valley.
(vi) Los proveedores sin licencia deben cumplir con las pautas estatales
para proporcionar cuidado legalmente exento.
(2) Entre las entidades o personas que cumplan con los criterios de calificación
descritos anteriormente, aunque la Ciudad se reserva el derecho de tomar
cualquier decisión de financiación a la que tenga derecho, se dará
prioridad/preferencia a los solicitantes que:
(i) Usen fondos de la Ciudad para financiar el diseño, construcción,
expansión, renovación u otras mejoras de las instalaciones en las que
se proporcionan servicios de cuidado infantil para aumentar la
capacidad.
(ii) Proporcionen cuidado infantil durante todo el a ño a niños de entre 0 y
2.5 años.
(iii) Proporcionen cuidado infantil de día completo a niños de entre 0 y
2.5 años.
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(iv) Puedan demostrar su capacidad para proporcionar la mayor cantidad
de nuevos espacios para cuidado infantil, especialmente para niños de
entre 0 y 2.5 años.
(v) Tengan licencia del Estado de Colorado para proporcionar servicios
de cuidado infantil.
(vi) Busquen activamente obtener una licencia estatal o demuestren la
intención de obtenerla.
(vii) Puedan demostrar que las contribuciones financieras de la entidad o
persona solicitante complementarán la financiación de la Ciudad.
(viii) Puedan demostrar cómo las contribuciones financieras de la Ciudad
ayudarán a abordar los desafíos de la fuerza laboral.
Gastos del Fondo de Cuidado Infantil:
o El Fondo de Cuidado Infantil será la fuente principal de
fondos de la Ciudad usada para facilitar la creación de
capacidad adicional para el cuidado infantil o ayudar a
abordar los desafíos de la fuerza laboral.
o Los gastos elegibles del Fondo de Cuidado Infantil incluyen
los siguientes:
(ix) Financiar el diseño, construcción, expansión, renovación u otras
mejoras de las instalaciones en las que se proporcionan o se
proporcionarán servicios de cuidado infantil para:
aumentar la capacidad o si dichas mejoras son necesarias para
conservar la capacidad existente.
mejorar la seguridad, el bienestar y/o la experiencia de los niños
bajo el cuidado de los proveedores que reciben financiación
(dichos gastos pueden incluir elementos como cercas, mejoras
en la extinción de incendios, alimentos/refrigerios saludables,
equipos de juegos infantiles, etc.).
convertirse en un proveedor con licencia.
(x) Subsidiar las tarifas de servicio de agua para nueva construcción o
expansión de instalaciones de cuidado infantil existentes para
instalaciones que califican como Guardería según se define en el
Código de Desarrollo de Estes Park.
(xi) Comprar propiedad (terreno y/o edificio) para que se use como
instalación de cuidado infantil.
(xii) Proporcionar financiación para asistencia para la matrícula o becas
para el cuidado infantil.
(xiii) Proporcionar financiación para programación extraescolar, como
programas antes y después del cuidado.
(xiv) Proporcionar asistencia financiera o subsidios a proveedores de cuidado
infantil que puedan vincularse directamente para abordar los desafíos de
la fuerza laboral. El proveedor de cuidado infantil, ya sea a domicilio o en
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un centro, debe demostrar cómo la asistencia financiera de la Ciudad le
permitirá directamente contratar y/o retener personal. Los gastos
elegibles relacionados con la fuerza laboral incluyen, entre otros:
Subsidios a proveedores de cuidado infantil para alentarlos a
iniciar o mantener negocios en Estes Valley, incluidos
programas fuera del horario escolar (es decir, bonificaciones de
contratación y/o retención).
Subsidios a proveedores para ayudar a cerrar la brecha entre lo
que pueden pagarle al personal y lo que la Ciudad considera un
salario digno razonable.
Subsidios para ayudar a pagar o compensar costos de beneficios
como atención médica, jubilación y/o licencia remunerada.
Asistencia con los costos asociados con licencias y/o
capacitación del personal.
Asistencia con los costos asociados con la vivienda del personal.
Asistencia con los costos asociados con las necesidades de
transporte del personal y/o niños.
o Los fondos pueden transferirse a otras agencias mediante
contrato para lograr los objetivos de la Ciudad como se
establece en esta política. Los contratos/acuerdos estarán
sujetos a la aprobación del Consejo de la Ciudad y
especificarán la autoridad con respecto a las decisiones de
financiación.
o El presupuesto de Financiación de Entidades Externas
será la fuente de fondos de la Ciudad para cualquier otro
gasto de cuidado infantil, incluida la Financiación Base
para el Centro de Recursos Familiares EVICS, de
conformidad con la Política Financiera 671: Financiación
de Entidades Externas de la Ciudad.
c. Proceso
i. Los fondos del Fondo de Cuidado Infantil estarán disponibles a través de un
proceso de solicitud (solicitud adjunta) o un subsidio directo de la Ciudad a criterio
de la Ciudad.
(1) Proceso de solicitud: Los materiales de solicitud deben demostrar la necesidad
y cómo se usarán los fondos para aumentar la capacidad de cuidado infantil o
retener la capacidad existente o abordar los desafíos de la fuerza laboral. El
personal de la Ciudad, en consulta con las agencias asociadas según
corresponda, revisará las solicitudes y recomendará asignaciones de fondos
según los criterios descritos en este documento.
(2) Subsidios directos: Si la Ciudad determina, a su criterio exclusivo, proporcionar
subsidios directos a los proveedores de cuidado infantil, el monto del subsidio
se basará en la cantidad de espacios de cuidado infantil ocupados. Se puede
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proporcionar un monto mayor en dólares para los espacios ocupados por
bebés y/o niños pequeños, y el monto del subsidio por espacio se prorrateará
para aquellos ocupados a tiempo parcial.
d. Financiación y requisitos
i. Las adjudicaciones y los montos de las adjudicaciones serán determinados por la
Ciudad y dependerán de la disponibilidad de fondos.
ii. El personal de la Ciudad puede tomar decisiones de adjudicación y ejecutar
acuerdos para adjudicaciones de $10,000 o menos. El Consejo de la Ciudad debe
tomar decisiones y aprobar acuerdos para adjudicaciones superiores a $10,000.
iii. La Ciudad se reserva el derecho de determinar si distribuir todos los fondos antes
de que comience un proyecto, después de que se complete un proyect o o en
función de determinados hitos.
iv. Las adjudicaciones irán acompañadas de un acuerdo de la Ciudad que estipule,
como mínimo:
(1) Si los montos de la adjudicación para proyectos de capital no se gastan dentro
de los 12 meses posteriores a la fecha de adjudicación, la entidad o persona
receptora deberá devolver los fondos a la Ciudad, a criterio de la Ciudad. Se
pueden conceder prórrogas más allá de los 12 meses dependiendo del
alcance del proyecto u otras circunstancias.
(2) Los receptores de la adjudicación deben proporcionar servicios de cuidado
infantil durante un mínimo de 24 meses después de la fecha de finalización del
proyecto o la recepción del último pago de fondos de la Ciudad; de lo contrario,
la entidad o persona receptora deberá devolver los fondos a la Ciudad. La
Ciudad puede renunciar al reembolso de los subsidios de las tarifas de servicio
de agua a su criterio.
(3) Las entidades que reciban financiación de la Ciudad deberán presentar un
informe (o informes) a la Ciudad a intervalos predeterminados que detalle
cómo se gastaron los fondos y el impacto/desenlace resultante del uso de los
fondos. El informe también debe incluir documentación de respaldo para
confirmar el gasto de los fondos.
(4) La Ciudad puede requerir estipulaciones adicionales caso por caso según lo
considere necesario.
Aprobada:
[FIRMA]
Wendy Koening, Alcaldesa
28/02/2023
Fecha
POLÍTICA 225 - PAUTAS PARA LA FINANCIACIÓN DEL CUIDADO INFANTIL
SOLICITUD
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Solicitud de financiación para el cuidado infantil
Año de financiación: _______
Entidad/Persona:
Fecha de establecimiento de las operaciones de cuidado infantil:
Persona de contacto: Cargo:
Teléfono: Correo electrónico:
Dirección
Monto en dólares solicitado: $
Proporcione la siguiente información para ayudarnos a evaluar la elegibilidad y la necesidad
de su entidad. Las respuestas deben enviarse como adjunto a este formulario de solicitud.
¿Su operación de cuidado infantil presta servicios en Estes Valley? S___ N___
1. ¿A qué población y área geográfica se dirigirá el servicio a través de este proyecto
o programa? (100 palabras como máximo)
2. ¿A cuántos niños en Estes Valley (en total y sin duplicar) espera prestar servicios
con el proyecto o programa para el cual solicita financiación? ¿Qué grupos de
edad? (100 palabras como máximo)
3. ¿Podrá demostrar que las familias a las que presta servicios se encuentran por
debajo del 100% del Ingreso promedio del área? Si es así, ¿cómo? (100 palabras
como máximo) (Nota: Responder “No” a esta pregunta no afecta la elegibilidad
para recibir fondos.)
4. Describa el proyecto o programa que será apoyado con la asistencia de financiación
de la Ciudad de Estes Park si se otorga. (200 palabras como máximo)
a. Adjunte su presupuesto detallado anticipado para este proyecto o programa.
5. ¿Cómo medirá el éxito del proyecto o programa para el que se solicita
financiación? (200 palabras como máximo)
POLÍTICA 225 - PAUTAS PARA LA FINANCIACIÓN DEL CUIDADO INFANTIL
SOLICITUD
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6. ¿Quién será responsable de la administración del proyecto o programa para el que
solicita financiación? (nombre, cargo y entidad)
7. Si solicita fondos en nombre de una entidad existente, adjunte los estados de
cuenta financieros de fin de año fiscal más recientes que reflejen los saldos
iniciales y finales de su entidad para el año. Este requisito se puede cumplir
presentando uno o más de los siguientes:
a. Estados de cuenta financieros más recientes aprobados por su junta directiva
b. Estado de cuenta auditado más reciente o revisión por parte de un experto
externo
c. Formulario 990 del IRS presentado más recientemente
O
Si solicita fondos en su nombre como proveedor de cuidado infantil a domicilio o
sin licencia, omita el n.° 7 y responda el n.° 8 a continuación.
8. Indique todas las fuentes de financiación previstas para este proyecto o programa.
Asegúrese de resaltar cualquier oportunidad para aprovechar los fondos de la
Ciudad con fondos externos.
Juro y afirmo que toda la información incluida en esta solicitud, sus adjuntos y sus
documentos complementarios es verdadera y correcta a mi leal saber y entender.
Entiendo que los fondos adjudicados deben gastarse dentro de los doce (12)
meses posteriores a la fecha de adjudicación o los fondos deben devolverse a
la Ciudad.
Entiendo que la entidad que recibe fondos de la Ciudad para facilitar las ofertas
de servicios de cuidado infantil debe proporcionar los servicios descritos en
esta solicitud durante un mínimo de 24 meses a partir de la fecha de
adjudicación o los fondos deben devolverse a la Ciudad.
Nombre y firma del solicitante de fondos
Nombre y firma del testigo